Por fin tenemos a nuestro bebé y estamos muy felices, pero puede que nos sintamos con dolor, cansadas, con sueño, irritables o especialmente sensibles emocionalmente.
En el parto se hace un gran esfuerzo. Después de dar a luz estamos agotadas, además hay una pérdida importante de peso y sangre que favorecen ese cansancio.
El cansancio, sueño, estrés, miedos, cambios físicos y hormonales propios del postparto, hacen que se produzca una sensación de labilidad emocional conocida como estado melancólico o de “Babyblues”. Dicho estado es algo fisiológico, es decir, normal, y suele ser transitorio, durando alrededor de 2-3 semanas.
En esta alteración emocional podemos estar más sensibles y notar irritabilidad, susceptibilidad, tristeza o melancolía.
A los 7-10 días del parto, es importante concertar una cita con la matrona para que nos haga una revisión, pero hay que tener en cuenta algunos síntomas que, en caso de notarlos, deberíamos de acudir por urgencias:
Una vez que ha nacido el bebé, algo que suele preocupar a las familias es la documentación que hay que realizar tras el parto. Así que, vamos a hacer un resumen:
Un certificado de nacimiento es un documento expedido por un Registro Civil, que tiene como función dar fe del hecho de un nacimiento, fecha, hora, lugar y sexo del bebé. La inscripción del recién nacido se debe realizar entre las 24 horas y los 30 días posteriores al nacimiento, en la oficina del registro civil con cita previa. Hay algunos hospitales que ya realizan la inscripción directamente, así que puedes preguntar en el hospital donde vayas a dar a luz si el registro civil lo hacen antes del alta.
Para dar de alta al bebé en la seguridad social debe estar previamente dado de alta en el registro civil, teniendo que pedir una cita previa, aportando DNI, libro de familia y tarjeta de la seguridad social.
En caso de madres trabajadoras, se puede solicitar una ayuda de 100€/mes o 1200€/anual por bebé (200€/mes o 2400€/anual en gemelos) durante 3 años.
En familias numerosas, monoparentales o en las que la madre tiene una discapacidad superior al 65%, se puede solicitar una ayuda de un pago de 1000€.
Y en partos múltiples, se puede solicitar una ayuda en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) (en caso de partos de dos niños 2.830,8€ y en los de tres de 5.661,6€).
Una vez que demos a luz, tenemos que acudir al médico de familia de nuestro centro de salud, para tramitar la baja por maternidad. La Ley reconoce el permiso por baja maternal de 16 semanas, que se amplían en 2 por cada hijo en caso de parto múltiple, a 18 semanas si son gemelos y a 20 semanas si son trillizos.
Además, se puede solicitar el permiso de lactancia, que corresponde a 1 hora al día hasta los 9 meses del bebé (15 días hábiles según convenio en caso de parto simple) o 2 horas al día hasta los 9 meses (30 días hábiles en caso de parto múltiple).
Si el niño es prematuro y/o precisa hospitalización prolongada, la baja maternal se puede prolongar hasta 13 semanas más (llegando a un máximo de 29 semanas en total), siempre y cuando el niño siga ingresado.
Además, en el centro de salud solicitaremos el alta del bebé asignándole un pediatra para el control del niño sano, donde se le hará un seguimiento al bebé de forma mensual los primeros meses de vida.
Aunque parezcan muchos cambios y muchas gestiones al principio, piensa que no hay que hacerlo todo en seguida, pudiéndolo hacer de forma progresiva y con paciencia, ya que hay mucho tiempo para ello. Lo único que no debemos de dejar de lado es el cuidado de la mamá y su bebé.
Nhaiara Domenech Vega
Matrona y Responsable de la Unidad de Educación Maternal
Hospital Quirónsalud Málaga